Regla I: DEL NOMBRE, FINES, ESCUDO, HÁBITO Y SEDE CANÓNICA

 Artículo 1.1

Esta hermandad y cofradía ostenta la condición de hermandad y cofradía de nazarenos, por tratarse de una asociación pública de fieles. Queda constituida en persona jurídica pública eclesiástica en virtud del Decreto de Monseñor José Mazuelos Pérez, Obispo Diocesano que la erigió el 12 de enero de 2013, proclamándose dicho Decreto el citado día en la Santa Iglesia Catedral de Jerez de la Frontera en Solemne Eucaristía de Vísperas del Bautismo de Nuestro Señor, por D. José Joaquín Perea Montilla, Delegado Diocesano de Hermandades y Cofradías. Obtiene el reconocimiento civil de su personalidad jurídica mediante su inscripción en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia con el número 025034 e inscripción en la Agencia Tributaria con CIF: R1100602J o en aquel que, en lo sucesivo, pudieran disponer las leyes concordadas.

La hermandad se rige:

a) Por las Normas del Derecho Universal de la Iglesia como miembro de la Santa Iglesia Católica, Apostólica y Romana, declarando su amor, respeto filial y obediencia a la Autoridad Eclesiástica Universal, encarnada en la venerable figura del Sumo Pontífice.

b) Por las Normas promulgadas por la Autoridad Diocesana, representada por el Reverendísimo Ordinario de la Diócesis.

c) Por estas Reglas.

d) Por el Reglamento de Régimen Interno, conjunto de normas particulares que aprobadas por el Cabildo General, desarrollan y complementan estas Reglas para su mejor ejecución.

 Artículo 1.2: Denominación

El título completo de la hermandad será :

“Hermandad Sacramental de la Santísima Trinidad, Trono de Misericordia y Cofradía de Nazarenos del Santísimo Cristo de la Sed, Amparo de María Santísima y Santa Teresa de Calcuta”.

Artículo 1.3: Fines de la hermandad

Es misión de esta hermandad la de la Iglesia: llevar a los hombres el mensaje de salvación que Cristo vino a traer a la tierra, y ofrecerlo a los hermanos con un espíritu de servicio total, como Él lo hizo, procurando la Mayor Gloria de Dios mediante el culto, alabanza y adoración al Santísimo Sacramento del Altar. El carácter Sacramental tiene como fin específico, el culto privado y público al Sacramento de la Eucaristía. Por ser esta devoción el centro del culto de la Iglesia, toda la vida de la hermandad estará impregnada de fe y amor al Santísimo Sacramento.

Los fines de la hermandad son, por tanto:

1.- Promover el culto público y constante a Dios, Nuestro Señor, y a su Santísima Madre, la Virgen María, representados en nuestros sagrados titulares en las advocaciones del Santísimo Cristo de la Sed y Amparo de María Santísima, y el fomento de la fraternidad cristiana.

2.- Sintiéndose Iglesia, la hermandad ayudará a las vocaciones sacerdotales y a la vida consagrada, fomentando las de sus propios miembros.

3.- Promover una vida más perfecta mediante la formación de sus miembros, incentivando las actividades  necesarias  para  lograr  una  conciencia  auténticamente cristiana para el ejercicio del apostolado y la conservación de la integridad de la fe y buenas costumbres así como la confraternidad de sus miembros. Para conseguir estos fines, la hermandad ayudará a sus miembros, a avanzar en una formación cristiana que responda a las necesidades actuales y a la necesaria integridad de fe y costumbres.

4.- Fomentar el espíritu de conversión personal y una vida cristiana más profunda. Asumir con espíritu misionero los compromisos apostólicos, sociales y cristianos que en el campo familiar, profesional y social debe desarrollar el católico consciente, dentro de la pastoral diocesana y parroquial.

5.- Hacer penitencia y ofrecer público testimonio de nuestra fe, como medio eficaz de evangelización de los miembros de la hermandad, así como de los fieles en general. Destaca, como expresión cultual y testimonio público de fe, la estación de penitencia, la cual se celebrará siempre guardando la dignidad y reverencia debida. Con este fin, los hermanos serán instruidos en su naturaleza para una fructífera participación. La procesión debe ser precedida y finalizada con un momento de oración. Estos aspectos están sujetos a las indicaciones de la Jerarquía eclesiástica competente (cf. CIC c. 944 §2). La estación de penitencia será coordinada con otras procesiones por la UHH.

6.- Dar una dimensión social a todos nuestros actos, potenciando las obras asistenciales de piedad y caridad, conforme al espíritu del Evangelio de Cristo, tal como es enseñado y transmitido por la Iglesia. Para el cumplimiento de estos fines, la hermandad dispondrá los recursos materiales con que contara, captando los recursos y medios necesarios mediante la contribución de los hermanos, donaciones, cesiones, y con las iniciativas que sus órganos de gobierno propongan para ello.

Artículo 1.4: Sede canónica y domicilio social

Esta hermandad tiene como sede canónica la Parroquia del Santísimo Cristo de la Sed de esta ciudad.

El domicilio social de la hermandad queda señalado de forma definitiva en dicha parroquia, sita en Puertas del Sur, C/ Arquitecto Hernández Rubio, 38, 11408 – Jerez de la Frontera.

Artículo 1.5: Escudo

Art. 1.5.1

En campo de plata, pelícano brochante de Cruz latina arbórea con titulus crucis, enmarcado en dos hojas de palmas entrelazadas en la parte posterior de la Cruz, se hiere en el pecho del que caen unas gotas de sangre que beben sus tres polluelos, en un nido formado por corona de espinas. Como tenantes, en la diestra, Ángel con lanza y, en la siniestra, Ángel con esponja envinagrada, soportado todo el conjunto por lambrequines de hojas de sinople, entrelazadas en la parte posterior de la Cruz, rematado en su parte baja con un corazón alado del que brotan flores de azucena y el lema SITIO. (Anexo 2)

Art. 1.5.2

Dado su carácter de distintivo corporativo el escudo anteriormente descrito se reproducirá, total o parcialmente, como membrete y se estampará como sello en toda clase de documentos de la hermandad.

Art. 1.5.3

El sello oficial de la hermandad reproduce el escudo de la misma, rodeado por la inscripción “Hdad. Sacramental del Stmo. Cristo de la Sed y Amparo de Mª Stma. Jerez”.

Artículo 1.6: Medalla

Art. 1.6.1

La medalla de esta hermandad lleva en su anverso el escudo de la cofradía y en su reverso la leyenda “Hermandad Sacramental de la Sed Jerez”. Será labrada en plata o metal plateado y colgará de un cordón formado en espiral, ordenando sus tres cordoncillos color rojo. (Anexo 3)

Art. 1.6.2

La medalla corporativa será ostentada por los miembros de la hermandad en toda clase de actos en los que la solemnidad así lo requiera y en los que de forma corporativa y/o representativa aquella organice o en los que participe.

Art. 1.6.3

Los hermanos que formen en la estación de penitencia también llevarán la medalla, si bien colocada normalmente y de tal manera que, al echarse el hermano su antifaz, la medalla quede cubierta en su totalidad.

Art. 1.6.4

No se utilizará la medalla de la hermandad en otros supuestos, si alguien lo hiciese concurriría en una falta.