Regla IX: DE LA MODIFICACIÓN DE ESTOS ESTATUTOS

Estos Estatutos sólo podrán ser modificados a instancia de: 1º. El Obispo Diocesano. 2º. La Junta de Gobierno, previa ratificación de un Cabildo General Extraordinario. 3º. Un Cabildo General Extraordinario … Sigue leyendo Regla IX: DE LA MODIFICACIÓN DE ESTOS ESTATUTOS